EL PLAN DE PARENTALIDAD
El PLAN DE PARENTALIDAD en Catalunya es una parte obligatoria del Convenio Regulador
Está previsto tras la ruptura del matrimonio o de la pareja, si hay hijos menores, los progenitores pueden pactar de mutuo acuerdo todas las cuestiones relativas al cuidado de sus hijos, a fin de evitar situaciones de conflicto.
En el caso de divorcio contencioso, los cónyuges deben presentar sus propuestas del plan de parentalidad.
Su contenido se regula en el art. 233-9, Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia (articulo 233-9 CCC)
CUESTIONES MÍNIMAS A INCLUIR
- Lugar donde estarán empadronados los hijos
- Tareas a las que se compromete cada progenitor, en relación a las actividades cotidianas de los hijos.
- Forma en que deben hacerse los cambios en la guarda y cómo deben repartirse los costes que generen.
- El régimen de comunicación de los padres con los hijos, durante los períodos en que un progenitor no los tenga con él.
- Régimen de estancias de los hijos con cada uno de los progenitores durante el curso escolar, en los periodos de vacaciones escolares, en las fechas especialmente señaladas: cumpleaños de los hijos, cumpleaños de los padres, día del padre/madre, etc.
- Tipo de educación y las actividades extraescolares
- Forma de cumplir el deber de informarse mutuamente sobre las cuestiones que afectan a los hijos(educación, salud, bienestar de los hijos,…).
- La manera de tomar las decisiones relativas a las cuestiones relevantes para los hijos.
- Forma de solucionar futuras diferencias y/o conflictos.
REDACTAR
En el momento de redactar el PLAN DE PARENTALIDAD los progenitores deben plantearse:
todas aquellas situaciones futuras que creen que puedan provocar un conflicto entre ellos y
abordar sus soluciones en casos de enfermedad, educación pública, privada, concertada, extraescolares …..
SU MODIFICACION
El PLAN DE PARENTALIDAD puede ser modificado en cualquier momento si las circunstancias cambian, lo que puede hacerse de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.
Puedes ver el concepto y contenido del plan de parentalidad en el siguiente post relacionado https://franciscacastrobahamondeabogada.com/convenio-regulador/
Asimismo puedes ver un resumen, si es de tu interés, en este video a modo esquematizado
FRANCISCA CASTRO BAHAMONDE
600229540
fcastro@icasbd.org
Francisca D Castro Bahamonde
Abogada de Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés-Barcelona.
93 6920517
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fcastro@icasbd.org
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