Valor de los bienes en el divorcio: Los bienes que se deben valorar en un divorcio son todos los que formen parte del patrimonio familiar.
En principio, el valor de los bienes siempre debe ser el real y es que los jueces se basan en el valor de mercado del bien, si bien, se debe considerar el tipo de inmueble, su estado de conservación, la depreciación que ha sufrido.
¿Y si queremos dar otro valor a los bienes del divorcio?
En divorcios de mutuo acuerdo los cónyuges pueden decidir el valor que quieren dar al bien que van a repartir.
No obstante, a efectos de los impuestos se debe tener en cuenta el “Valor mínimo de referencia” pues si se valora por debajo de ese valor, se puede tener problemas con hacienda.
¿Y si no nos ponemos de acuerdo con su valoración?
Cuando no hay acuerdo entre las partes o si hay dudas sobre el valor real de los bienes, se puede recurrir a un perito tasador que emita un informe.
¿Cuál es la fecha del valor real del bien a calcular?
Debemos de tener en cuenta la posibilidad de varias fechas de valor real de los bienes:
- La fecha del momento en que se inste la adjudicación de los bienes.
- A la fecha del divorcio, salvo que las partes acuerden otra fecha diferente.
- Igualmente, existen circunstancias que nos pueden llevar a necesitar el valor de los bienes en el momento en que se compraron o en el que se celebró el matrimonio.
- También a veces será necesario conocer el incremento de valor que un bien ha recibido por la realización de obras, por ejemplo
Abogado de Familia en Cerdanyola del Vallés
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.
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