Cortar la luz si el inquilino no paga puede llegar a ser un gran problema.
¿Puedo cortar la luz de mi vivienda si el inquilino no paga o si hay personas ocupándola?
Es común que los propietarios de una propiedad en la que residen ocupantes se pregunten si pueden cortarla luz cuando el inquilino no paga o dar de baja los suministros que estos propietarios están pagando o cuando los contadores están a su nombre. Esta situación suele surgir cuando hay una ocupación ilegal o después de que ha finalizado el contrato de alquiler y el arrendatario se niega a abandonar la propiedad a pesar de la resolución contractual debido a impagos.
¿Es un delito cortar la luz en caso de ocupación?
Cortar la luz en caso de ocupación SÍ puede considerarse un delito de coacción según el artículo 172.1 del Código Penal, o un delito menos grave según el artículo 172.3 del mismo código Penal.
¿Cuándo se considera que se comete este delito?
Este delito se comete cuando alguien cambia la cerradura o corta la luz sin autorización legítima con el propósito de impedir que otra persona realice acciones que la ley no prohíbe o la obligue a hacer algo que no quiere, ya sea justo o injusto.
¿Cuando no se considera delito?
No se considerará un delito cambiar la cerradura o cortar la luz si hay otras razones legítimas, como la falta de convivencia después de cierto tiempo o si el contrato de arrendamiento establece que el arrendatario es responsable de los suministros.
¿Qué pena lleva asociada este delito?
La pena dependerá de la gravedad del acto y si hay una relación familiar o emocional entre las personas involucradas. En casos con menores de edad, el delito de coacción puede conllevar una pena de prisión.
¿Cuál es la diferencia entre coacción grave y coacción leve?
La coacción grave, según el artículo 172.1 del Código Penal, implica el uso de violencia para impedir a alguien hacer algo que la ley no prohíbe o para obligarla a hacer algo en contra de su voluntad, con penas de prisión o multa. La coacción leve, según el artículo 172.3 del Código penal se castiga con multa y se aplica en casos menos graves.
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Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.
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