El desahucio por impago de alquiler es el procedimiento judicial más utilizado por los propietarios para recuperar una vivienda o local cuando el arrendatario deja de pagar las rentas pactadas.
Este proceso se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y permite reclamar, en un único procedimiento, tanto el desalojo del inmueble como las cantidades adeudadas.
Intento previo de acuerdo
Antes de interponer la demanda, el propietario puede intentar un acuerdo extrajudicial, como el envío de un requerimiento de pago o la concesión de un breve aplazamiento. Si el arrendatario cumple, se evita el procedimiento. Si no paga, el siguiente paso es acudir al juzgado.
En la actualidad tenemos que tener en cuenta los MASC (hablamos aquí)
¿Cómo se inicia un proceso de desahucio por impago?
El propietario, asistido por abogado y procurador, presenta una demanda de desahucio en el juzgado del lugar donde se ubica el inmueble.
En ella se suele reclamar:
El desalojo del inquilino.
El pago de la deuda acumulada.
Las costas del procedimiento (honorarios de abogado y procurador).
Esto convierte al desahucio en una de las herramientas más eficaces para garantizar tanto la recuperación del inmueble como el cobro de las rentas.
Fases del procedimiento de desahucio por impago de alquiler
Demanda y decreto de admisión
El juzgado admite la demanda y notifica al inquilino. En este decreto ya se fijan la fecha del juicio y la del eventual lanzamiento.
Notificación al arrendatario
La notificación es esencial, pues los plazos comienzan a contar desde ese momento. Si el inquilino no se localiza, el juzgado realiza averiguaciones domiciliarias o recurre al tablón edictal.
Enervación del desahucio
El inquilino puede evitar el desalojo pagando íntegramente la deuda y las costas si es la primera vez que incurre en impago.
Oposición y juicio
Si el inquilino se opone en el plazo de 10 días hábiles, se celebra un juicio breve. Si no se opone, el procedimiento continúa directamente hacia el lanzamiento.
Sentencia o decreto de archivo
Si el juez estima la demanda, condena al arrendatario a pagar la deuda, abandonar el inmueble y asumir las costas.
Lanzamiento
Si no entrega voluntariamente las llaves, se ejecuta el lanzamiento: el personal del juzgado, junto con el procurador y un cerrajero, recuperan la posesión para el propietario.
Duración del procedimiento
La duración media de un desahucio por impago de alquiler en España suele rondar los 6 meses, aunque depende del juzgado y de la agilidad de las notificaciones. En ciudades grandes como Madrid o Barcelona puede resolverse en unos 5 meses, mientras que en otras jurisdicciones el plazo puede alargarse más.
Marco legal
Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC): regula el procedimiento judicial.
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): establece el impago como causa de resolución del contrato.
Código Civil: base jurídica general sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
Conclusión
El desahucio por impago de alquiler es la vía más rápida y eficaz para que un propietario recupere su vivienda o local cuando el inquilino incumple sus obligaciones.
Desahucio finalización contrato
Novedades procedimiento desahucio
¿Qué es el Desahucio por Precario?
Desahucio de vivienda atribuida a esposa
Abogado de desahucios en Cerdanyola del Vallés
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.
📞600 22 95 40

