Soy extranjero ¿Qué trámites debo hacer de extranjería en España?
Los extranjeros en España pueden clasificarse en 2 grandes grupos, sujetos a regímenes diferentes y por tanto se les aplica normas de extranjería diferentes en los trámites:
- Extranjeros extracomunitarios: están sujetos al RÉGIMEN GENERAL
- Extranjeros comunitarios: están sujetos al RÉGIMEN COMUNITARIO
LEGISLACIÓN APLICABLE AL REGIMEN GENERAL Y AL COMUNITARIO
Distinguiremos los diferentes regimenes
RÉGIMEN GENERAL
El régimen general de Extranjería se encuentra regulado por la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011.
Se les aplica el régimen general a los extranjeros extracomunitarios, que carezcan de la nacionalidad española y sean nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o Suiza.
En el siguiente enlace podrás encontrar el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-12504
Aquí la Ley 4/2000:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-544
Podrás acceder al Real Decreto 557/2011 en el próximo enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-7703
RÉGIMEN COMUNITARIO
El régimen comunitario está regulado en el Real Decreto 240/2007, es aplicable a los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no tenga la nacionalidad de estos países.
Puedes acceder al Real Decreto 240/2007 a través del siguiente enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4184
LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO, son los siguientes:
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia*, Italia, Letonia, Liechtenstein*, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega*, Países Bajos, Polonia, Portugal, R. Checa, Rumanía, Suecia, Suiza**
* Estados parte en el Acuerdo Sobre el Espacio Económico Europeo.
** Acuerdo de 21 de junio de 1999, entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza, sobre libre circulación de personal.
Hojas Informativas, Formularios, Tasas, Folletos informativos
En el siguiente listado encontrarás todas las hojas informativas sobre autorizaciones de extranjería, en las que se detallan los requisitos y condiciones para obtener una autorización, trámites, documentación que se requiere, plazos, lugares de presentación, tasas, etc.
https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/index.html
FORMULARIOS DE EXTRANJERÍA en el siguiente enlace:
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/modelossolicitudes/mod_solicitudes2/
LISTADO DE TASAS DE EXTRANJERÍA en los siguientes enlaces:
FOLLETOS INFORMATIVOS
https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/InformacionInteres/FolletosInformativos/index.html
Si necesitas saber más sobre TEMAS RELACIONADOS PULSA EN LOS SIGUIENTES ENLACES