No quiere ir con su padre

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No quiere ir con su padre

¿Y si mi hijo no quiere ir con su padre?

El régimen de visitas es de obligado cumplimiento pero ¿qué se puede hacer en los casos en que el hijo no quiere ir con su padre? Si un hijo no quiere cumplir el régimen de visitas ¿qué sucede? hablamos de los casos en los que la madre tiene la guarda y custodia exclusiva.

Antes de los 12 años del menor, el régimen de visitas es obligatorio por lo general.

Análisis de la situación

En primer lugar, se tiene en cuenta la edad que tiene el menor.

Cuando se trata de un hijo mayor de 12 años, el Juez lo escuchará para saber por qué no quiere irse con su padre o con su madre, pudiendo llegar a cambiar el régimen de visitas.

Si el hijo menor tiene cumplidos ya los 14 años, es más fácil que el Juez pueda concederle el cambio del régimen de visitas, ya que en estas edades se entiende que el niño cuenta con la suficiente madurez para decidir.

¿Qué debo hacer como madre si mi hijo no quiere ir con su padre?

La madre siempre debe intentar poner de su parte para que tu hijo se vaya con su padre.

Aún así, si el niño se niega debe instarse un procedimiento de modificación de medidas para que el Juez resuelva.

En los casos en que el padre esté ejecutando la sentencia recaída en procedimiento judicial, el progenitor custodio tiene que colaborar para que el hijo cumpla el régimen de visitas.

Si es la madre quien obstaculiza de alguna manera a que el hijo se vaya con el padre, podrá recibir una multa.

Incluso puede ser condenada por un delito de desobediencia penal del artículo 556 del Código Penal, que conlleva pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 18 meses, y podría llegar a perder la custodia del menor si el caso reviste de especial gravedad.

¿Qué debo hacer como padre si mi hijo no quiere venir conmigo?

Si tu hijo no quiere cumplir el régimen de visitas y tienes claro que se debe solo a su propia voluntad, puedes presentar una demanda para que se ejecute el convenio regulador o la sentencia. El régimen de visitas es de obligado cumplimiento.

Es importante que hayas acreditado los intentos de hacer cumplir el régimen de visitas, con la presentación de un burofax en el que hayas requerido dicho cumplimiento, o mediante testigos (siempre es mejor que no sean familiares, para que tengan más credibilidad) que te hayan acompañado a la hora de intentar recoger a tu hijo.

Dependiendo de la edad de tu hijo será escuchado. Si tu hijo es pequeño, puedes conseguir que se cumpla el régimen de visitas. Pero si el Juez considera que el menor es suficientemente maduro para tomar su decisión, es posible que no puedas obligarlo a estar contigo.

Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.

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