La extinción de la pensión de alimentos para hijos mayores de edad puede ser un tema complejo, especialmente cuando estos no son económicamente independientes. Normalmente, la obligación de los padres de proporcionar alimentos a sus hijos se mantiene hasta que ellos logren esa independencia, pero ¿ qué ocurre si, siendo mayores de edad, ni estudian ni trabajan y tampoco hacen esfuerzo alguno por salir adelante?
La pensión de alimentos se extingue cuando los hijos son mayores de edad y económicamente independientes, pero ¿y si no estudian ni trabajan?
Hijos mayores de edad extinción pensión alimentos ¿Hasta cuándo tengo que seguir pagando esta pensión si mi hijo ni estudia ni trabaja?
Cuando los hijos alcancen la mayoría de edad, la obligación de pagar la pensión de alimentos no siempre se extinguirá inmediatamente. En general, esta pensión continúa mientras los hijos sigan siendo económicamente dependientes, lo cual incluye situaciones en las que están estudiando o no han logrado incorporarse al mercado laboral de manera estable. Sin embargo, surge una pregunta clave: ¿Qué sucede si el hijo mayor de edad ni estudia ni trabaja y tampoco muestra interés en su propia formación o independencia?
Un caso relevante es el de una sentencia de 15 de julio de 2021 de la Audiencia Provincial de Barcelona, donde se resolvió la extinción de la pensión a favor de un joven de 22 años. En este caso, el joven no había finalizado la educación secundaria, no estaba trabajando, y aunque llevaba inscrito en la autoescuela desde hacía años, no había sacado el carnet de conducir. Su experiencia laboral era casi nula, y abandonó dos cursos formativos sin justificación. Ante estas circunstancias, el tribunal determinó que el joven no tenía ningún interés en avanzar en su formación o en su inserción laboral, y decidió extinguir la pensión de alimentos.
Fundamentos para la extinción de la pensión de alimentos
Según el Código Civil de Cataluña, la obligación alimentaria de los progenitores se extiende hasta que el hijo es económicamente independiente, salvo si su falta de ingresos es consecuencia de su propia falta de esfuerzo o de su conducta.
La obligación alimenticia del progenitor se extiende hasta que el hijo alcanza «suficiencia» económica, siempre y cuando la necesidad no haya sido creada por la conducta del propio hijo pues como dispone el art. 237- 1 del Codi Civil de Catalunya:
«Se entiende por alimentos todo cuanto es indispensable para el mantenimiento, vivienda, vestido y asistencia médica de la persona alimentada, así como los gastos para la formación si esta es menor y para la continuación de la formación, una vez alcanzada la mayoría de edad, si no la ha terminado antes por una causa que no le es imputable, siempre y cuando mantenga un rendimiento regular. Asimismo, los alimentos incluyen los gastos funerarios, si no están cubiertos de otra forma»
El Tribunal Supremo también ha señalado que la pensión de alimentos no se extingue automáticamente cuando el hijo cumple la mayoría de edad, pero considera que el hijo debe demostrar interés en formarse o buscar trabajo. En su sentencia de 22 de junio de 2017, el Tribunal concluyó que cuando el hijo abandona sus estudios sin justificación y sin hacer intentos por incorporarse al mercado laboral, puede considerar que su propia actitud es la causa de su dependencia, justificando así la extinción de la pensión de alimentos.
Proceso para solicitar la extinción de la pensión
En Cataluña, el proceso adecuado para solicitar la extinción de una pensión de alimentos es la modificación de medidas. El Código Civil de Cataluña establece ciertos requisitos que deben cumplirse para que el tribunal evalúe la situación. En general, la carga de la prueba recae en el progenitor que solicita la extinción, sin embargo, cuando el hijo ya es mayor de edad, se puede invertir la carga de la prueba, exigiendo al progenitor que se opone a la extinción de la pensión que demuestre que el hijo sigue siendo económicamente dependiente.
Conclusión
Si estás en una situación similar, en la que tu hijo mayor de edad no está haciendo esfuerzos para formarse o integrarse al mercado laboral, podrías tener derecho a solicitar la extinción de la pensión de alimentos. Cada caso es único y, por tanto, siempre es recomendable obtener asesoramiento legal especializado para estudiar las opciones y el proceso más adecuado en su caso.
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Hijos menores y mayores: alimentos
Abogado de Familia en Cerdanyola del Vallés
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.
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