Tribunal Supremo: libros y matrículas

Imagen promocional de la abogada Francisca Castro Bahamonde en la que se plantea la pregunta “¿Libros y matrículas son gastos ordinarios o extraordinarios tras un divorcio?”. Incluye el logo en color granate y un llamado a la acción: “Descubre más aquí”.

En los procedimientos de familia surge una pregunta habitual: ¿qué ocurre con los gastos escolares tras un divorcio? La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 1766/2025 resuelve definitivamente esta cuestión. Gracias a este fallo, ya tenemos un criterio claro sobre los gastos escolares divorcio Tribunal Supremo 2025, diferenciando qué debe considerarse ordinario y qué extraordinario.

En los procedimientos de familia surge una pregunta muy habitual: ¿quién debe pagar los gastos escolares tras un divorcio? Libros, matrículas o actividades extraescolares suelen ser motivo de conflicto entre progenitores.

Gastos escolares divorcio Tribunal Supremo 2025: libros y matrículas

¿Son los libros y matrículas gastos ordinarios o extraordinarios tras un divorcio? El Tribunal Supremo lo aclara en 2025.Libros y matrículas: gastos ordinarios incluidos en la pensión

En los procedimientos de familia, surge una pregunta frecuente: ¿quién debe pagar los libros de texto, matrículas y actividades extraescolares tras un divorcio?

Hasta ahora, la respuesta no era uniforme. Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Supremo 1766/2025, de 21 de abril, establece un criterio claro y vinculante que afecta a todos los progenitores en España.

Libros y matrículas como gastos ordinarios en la pensión

El Tribunal Supremo aclara que los libros de texto y las matrículas escolares forman parte de los gastos ordinarios incluidos en la pensión de alimentos (art. 142 del Código Civil).
Por tanto, deben estar cubiertos por la pensión habitual que paga el progenitor obligado, sin necesidad de que se reclamen como extraordinarios.

Actividades extraescolares: gastos extraordinarios tras el divorcio

El Alto Tribunal distingue que las actividades extraescolares o deportivas (como inglés, pádel o balonmano) pueden considerarse gastos extraordinarios, siempre que:

No se hayan contemplado al calcular la pensión.

Se justifique que son necesarias y beneficiosas para el menor.

Implicaciones prácticas para progenitores en 2025

En relación a los gastos escolares tras el divorcio el Tribunal Supremo en el 2025 deja claro que los gastos previsibles y periódicos (libros, matrículas, material escolar) deben entenderse incluidos en la pensión alimenticia. Solo los imprevistos, no periódicos y necesarios podrán reclamarse como extraordinarios.

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