Los tipos de arraigo nuevo reglamento extranjería: la reforma divide los arraigos o los tipos de arraigo en cuatro ejes fundamentales: tiempo, requisitos, duración y derecho al trabajo.
Tiempo de permanencia exigido en los tipos de arraigo tras nuevo reglamento extranjería
Regla general (2 años): Para las modalidades de Segunda Oportunidad, Sociolaboral, Social y Socioformativo, el tiempo de estancia continuada necesario se reduce de 3 a 2 años.
Sin tiempo mínimo: El Arraigo Familiar es la única excepción que no requiere acreditar un periodo mínimo de estancia previa en España.
Nota sobre el asilo: El tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional no computa para el cálculo de estos años.
Requisitos específicos de cada modalidad
Arraigo de Segunda Oportunidad: Para quienes tuvieron residencia legal en los dos años anteriores y no pudieron renovarla por causas ajenas a la seguridad pública.
Arraigo Sociolaboral: Sustituye al antiguo arraigo laboral. Exige uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales y garanticen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) proporcional.
Arraigo Social: Se basa en vínculos familiares con otros extranjeros residentes o en un informe de esfuerzo de integración. Requiere acreditar medios económicos (100% del IPREM).
Arraigo Socioformativo: Exige estar matriculado en formaciones específicas como FP (niveles 1, 2 o 3), bachillerato o educación de adultos.
Arraigo Familiar: Se limita ahora a progenitores o tutores de menores de nacionalidad europea (UE, EEE o Suiza) o cuidadores de personas con discapacidad de esas nacionalidades. Los familiares de ciudadanos españoles se rigen ahora por un régimen específico más favorable.
Duración de la tarjeta y trabajo
Vigencia de 1 año: Es la duración estándar para los arraigos Social, Sociolaboral, Socioformativo y de Segunda Oportunidad.
Vigencia de 5 años: Solo el Arraigo Familiar otorga una autorización por cinco años desde su concesión inicial.
Derecho al trabajo: Todas las modalidades permiten trabajar por cuenta propia o ajena automáticamente. No obstante, el Socioformativo limita el trabajo por cuenta ajena a un máximo de 30 horas semanales.
Informes necesarios
Informe de Integración Social: Solo es obligatorio para el Arraigo Social (si no hay vínculos familiares) y el Arraigo Socioformativo. Las modalidades sociolaboral y de segunda oportunidad están exentas de este informe.
Reforma Extranjería RD 1155/2024
Abogada de extranjería en Cerdanyola del Vallès
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallès. 📞 600 22 95 40





