Hijos, Vacaciones, Divorcio: En nuestro despacho de abogados de Cerdanyola del Vallès, cada año recibimos consultas similares con la llegada de las vacaciones navideñas. La más común es esta:
«Mi sentencia de divorcio establece que las vacaciones se dividan a la mitad, pero no especifica cómo. ¿Qué debo hacer?»
Aunque pueda parecer una cuestión sencilla, la falta de claridad en muchas sentencias o convenios puede derivar en conflictos entre los progenitores. Aquí te ofrecemos una guía para evitar malentendidos y asegurar unas fiestas tranquilas.
Organización de los periodos vacacionales en familias separadas. La importancia de las Vacaciones hijos y divorcio
La planificación de las vacaciones depende en gran medida de las características y necesidades de cada familia: horarios laborales, apoyo externo y las vacaciones escolares de los niños. Este reparto debe ser acordado con antelación para evitar posibles conflictos.
A continuación, exploramos las formas más comunes de gestionar estos periodos vacacionales, considerando tanto el verano como las fiestas de Navidad y Semana Santa.
¿Cómo se distribuyen las vacaciones de los hijos en el divorcio?
La clave para organizar las vacaciones es lograr un reparto equilibrado que permita a ambos progenitores disfrutar de tiempo de calidad con sus hijos.
Por lo general, los periodos vacacionales se dividen en semanas o quincenas, dependiendo de la edad de los niños. Para los más pequeños, se prefieren periodos más cortos, como semanas alternas, para evitar largas separaciones de un progenitor. Durante estas vacaciones, el régimen de visitas habitual se suspende temporalmente.
Vacaciones escolares de los hijos: puntos principales en el divorcio
Los tres periodos más importantes a considerar son:
Navidades
Semana Santa
Verano
En todos los casos, se toman como referencia las vacaciones escolares de los menores.
Vacaciones de Navidad
Normalmente, este periodo se divide en dos mitades:
La primera mitad: desde el fin del periodo lectivo hasta el 30 de diciembre.
La segunda mitad: del 30 de diciembre hasta el regreso a clases.
Sin embargo, hay días específicos, como Reyes, que se consideran “días especiales”. En este caso, los menores suelen pasar la mañana con un progenitor y la tarde con el otro, independientemente del reparto general de las vacaciones.
Lo mismo ocurre con fechas importantes como Nochebuena, Navidad y Año Nuevo, donde cada progenitor suele disfrutar de al menos uno de estos días. También existe la posibilidad de acordar repartos fijos según las tradiciones familiares, siempre priorizando el interés de los menores.
Semana Santa
En Semana Santa, las vacaciones suelen dividirse de manera similar a las de Navidad. Sin embargo, dado que este periodo es más breve, algunos progenitores optan por alternar años completos, es decir, un año uno disfruta todo el periodo, y al siguiente, el otro.
La entrega y recogida de los niños puede hacerse en el centro escolar el último día de clases o en el domicilio del progenitor correspondiente, según se acuerde, para facilitar la logística.
Criterios para elegir
Un método comúnmente utilizado es la alternancia en años pares e impares, de forma que un progenitor elige primero un año y el otro lo hace al siguiente.
Es recomendable avisar con antelación (al menos 30 días) sobre los planes de vacaciones, especialmente si se requiere realizar reservas o comprar billetes. También se suele pactar que el regreso sea con un margen de 24 horas antes del inicio del colegio, para que los menores puedan adaptarse al reinicio del curso.
En caso de viajar al extranjero durante las vacaciones, es imprescindible informar al otro progenitor con suficiente tiempo de antelación.
Días especiales
Además de los periodos vacacionales, es importante incluir en los acuerdos días señalados como:
Día del Padre y Día de la Madre: Se permite que el progenitor correspondiente pase unas horas con los niños, aunque no le toque la custodia ese día.
Cumpleaños de los hijos: Ambos progenitores suelen compartir este día, al menos durante unas horas.
Celebraciones familiares: Comuniones, bodas o cumpleaños de familiares cercanos también pueden acordarse en el convenio regulador.
Los puentes
Cuando un fin de semana coincide con un día festivo, este suele añadirse al periodo de custodia correspondiente. La entrega de los niños se realiza en la misma hora acordada pero al final del puente.
Evitar conflictos
Para prevenir malentendidos, es esencial revisar con atención las cláusulas relacionadas con las vacaciones al firmar el acuerdo de separación o la sentencia judicial. La flexibilidad y el diálogo entre progenitores son claves para garantizar que los menores disfruten de momentos únicos con ambas familias, evitando tensiones innecesarias.
En resumen, una buena planificación y comunicación son fundamentales para un reparto de vacaciones exitoso que priorice el bienestar de los niños.
¿Qué dice la ley sobre las vacaciones escolares?
Lo ideal es que la sentencia o convenio regulador detalle cómo dividir las vacaciones escolares. Si no se especifica, el criterio más lógico es:
Duración de las vacaciones escolares: Desde el último día de clases (cuando los niños salen del colegio) hasta el día anterior al regreso a las aulas en enero.
División por mitades: El periodo debe dividirse en dos partes iguales. El día intermedio será el de intercambio entre los progenitores.
Por ejemplo, las vacaciones escolares van del 20 de diciembre al 7 de enero. En este caso:
Primer periodo: Del 20 de diciembre al 30 de diciembre (hasta las 20:00 h). Muchos convenios y sentencias establecen como día de intercambio el 31 de diciembre lo que puede derivar en problemas si se pretende viajar.
Segundo periodo: Del 30 de diciembre (a partir de las 20:00 h) al 7 de enero.
Redacción sugerida para evitar conflictos
Para prevenir malentendidos en el futuro, te recomendamos incluir una cláusula clara y detallada en la sentencia o convenio. Por ejemplo:
**»Las vacaciones de Navidad se dividirán en dos periodos iguales:
Desde la salida del colegio el último día lectivo hasta las 20:00 horas del 30 de diciembre.
Desde las 20:00 horas del 30 de diciembre hasta el inicio de la jornada escolar en enero.
En años pares, el primer periodo corresponderá a la madre y el segundo al padre, y en años impares, al revés.»**
Este tipo de redacción concreta permite que ambas partes sepan a qué atenerse y evita discusiones innecesarias.
¿Cómo evitar tensiones durante las fiestas?
Planificación con antelación: Asegúrate de que el convenio regulador está actualizado y que refleja las necesidades de la familia.
Comunicación abierta: Si hay margen para el diálogo, ajustar el reparto según las circunstancias puede beneficiar a los niños.
Consultar a un abogado: Si surgen dudas o necesitas adaptar el convenio, un asesoramiento legal especializado te ayudará a garantizar la tranquilidad.
¿Por qué es importante concretar los acuerdos?
Un acuerdo claro no solo evita conflictos entre los progenitores, sino que también asegura que los niños puedan disfrutar de unas fiestas felices y en paz con ambos padres.
Si necesitas ayuda para redactar o revisar tu convenio regulador, estamos aquí para apoyarte. Nuestro objetivo es ayudarte a construir un entorno legal que priorice el bienestar de los menores y facilite la convivencia entre las partes.
Contacta con nosotros para resolver cualquier duda o para adaptar tu sentencia a las necesidades actuales de tu familia. Estas Navidades pueden ser diferentes: organizadas, armónicas y libres de conflictos.
Regulación en Catalunya: estaremos a lo dispuesto en el Código Civil Catalán
Guarda y Custodia compartida o exclusiva
Abogado de Familia en Cerdanyola del Vallés
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.
📞600 22 95 40