DIVORCIO EN CATALUNYA

Imágen de una señora con una mano tapándose la cara y con otra mano sujetando un pañuelo mientras un hombre sentado a su lado habla mostrando sus manos a otro hombre que lo escucha. La imàgen va acompañada de dos frases "¿Estás planteándote divorciarte? ¿Quieres saber cuales son los tramites que se deben hacer?

¿Cómo divorciarse en Catalunya? ¿Estás planteándote el divorcio en Catalunya? ¿Quieres saber cuáles son los trámites que se deben realizar para divorciarse en Catalunya? Te ofrecemos los pasos a seguir para que tu proceso sea lo más fácil para ti y tu familia.

¿Qué requisitos son los necesarios para el divorcio en Catalunya?

El único requisito existente para divorciarse es que haya transcurrido un mínimo de tres meses desde se celebró el matrimonio, excepto si existe riesgo para la vida o integridad física del cónyuge y/o hijos.

¿Cómo inicio el divorcio en Catalunya?

Necesitas presentar una demanda con abogado y procurador, asimismo, debes indicar si lo vas a llevar de mutuo acuerdo o contencioso.
En caso de ser un divorcio de mutuo acuerdo adjuntarás a la demanda un convenio regulador firmado por ambos cónyuges, si existen hijos incluirás un plan de parentalidad.
Si el divorcio es contencioso será el juez quien decidirá las medidas sobre las que se regulará el divorcio (hijos, vivienda familiar, patrimonio, pensiones económicas. )

Duración del divorcio en Catalunya

Un divorcio de mutuo acuerdo suele ser más rápido y sencillo, además, de resultar menos costoso. Lo más conveniente si tenéis prisa es el Divorcio Express.
Un divorcio contencioso suele durar más tiempo y ser más costoso porque se requiere de dos abogados, uno para cada cónyuge.

Documentos necesarios para divorciarse en Cataluña

En los procesos de divorcio ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, se deben aportar los siguientes documentos:
• Certificado de matrimonio.
• Certificación del empadronamiento de los cónyuges.
• Certificado de nacimiento de los hijos. Si los hay.
• Propuesta de convenio regulador y plan de parentalidad, si hay hijos
• Capitulaciones matrimoniales

Convenio regulador

En el convenio regulador se recogen las medidas acordadas por los cónyuges sobre los bienes, la vivienda o los hijos en común. Es necesario profundizar las medidas para evitar problemas en el futuro.
En Cataluña, el plan de parentalidad deberá especificar en detalle ciertos aspectos relacionados con los hijos. En el convenio regulador se tiene que indicar las medidas sobre:
• Custodia de hijos
• Régimen de visita
• Pensión de alimentos
• Atribución del a vivienda familiar
• Liquidación del régimen económico

¿Cómo divorciarse en Catalunya con hijos?

Si hay hijos en común, es importante desarrollar un plan de paternidad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 233-9 del CCcat.
El Plan de Parentalidad permite especificar las responsabilidades de los cónyuges con sus hijos. En este se debe detallar los siguientes aspectos:
• El lugar o lugares donde vivirán los hijos habitualmente.
• La guarda y custodia para cada progenitor.
• Tareas de que debe responsabilizarse cada progenitor y las actividades de sus hijos.
• Cómo debe hacerse los cambios en la guarda
• Régimen de comunicación con los hijos
• Régimen de estancias de los hijos con los progenitores.
• Vacaciones y fechas señaladas
• Tipo de educación, actividades extraescolares, formativas y de tiempo libre
• El cómo compartir la información en relación a la educación, la salud y el bienestar de los hijos.
• Las decisiones relativas al cambio de domicilio y a otras cuestiones para los hijos.

Puedes ver su regulación en el BOE

La Custodia de los hijos

El convenio regulador debe especificar la custodia de los hijos: exclusiva o compartida.

Patria Potestad

Excepto que se acuerde otra cosa en la sentencia judicial, siempre es ejercida por ambos progenitores.

Régimen de visitas

Se tiene que indicar el régimen de visitas y la comunicación de los hijos con el progenitor que no convive con ellos.

Atribución de la vivienda familiar

La vivienda familiar se asigna a los hijos menores y al cónyuge que tenga la custodia.
En ausencia de hijos, si hay acuerdo, la vivienda puede pertenecer a uno u otro indistintamente.
De igual forma, se debe indicar quién asumirá los gastos de la vivienda, diferenciando los gastos de suministros con los de la propiedad.
Si la vivienda es de propiedad de ambos cónyuges y deciden venderla también se deberá establecer el acuerdo en el convenio regulador.

Liquidación del régimen económico

Incluiremos la forma de liquidar el régimen económico, los bienes comunes y el ajuar, así como, las deudas

Compensación económica

La compensación económica corresponde conforme el artículo 232-5 del CCcat.

“Si un cónyuge ha trabajado para la casa sustancialmente más que el otro, tiene derecho a una compensación económica por esta dedicación siempre y cuando en el momento de la extinción del régimen por separación, divorcio, nulidad o muerte de uno de los cónyuges o, en su caso, del cese efectivo de la convivencia, el otro haya obtenido un incremento patrimonial superior de acuerdo con lo establecido por la presente sección”

La prestación se deberá solicitar durante el primer procedimiento judicial de separación, divorcio o nulidad. No podrá solicitarse más adelante.
No obstante, si el matrimonio se ha disuelto por la muerte de uno de los cónyuges, entonces se puede solicitar hasta tres años de su fallecimiento.

¿Cuál es la cuantía?

En Cataluña para determinar la cuantía de la compensación económica se suele establecer por razones de trabajo según la duración y la forma de la dedicación, los años de convivencia y el trabajo doméstico que incluye la crianza de hijos o la atención personal a otros miembros de la familia.
La compensación se debe pagar en dinero, salvo que las partes acuerden otra cosa u obtengan autorización judicial previamente por motivos legítimos.

Pensión de alimentos tras un divorcio

En el artículo 237-1, se define que “se entiende por alimentos todo cuanto es indispensable para el mantenimiento, vivienda, vestido y asistencia médica de la persona alimentada, así como los gastos para la formación si esta es menor y para la continuación de la formación, una vez alcanzada la mayoría de edad, si no la ha terminado antes por una causa que no le es imputable, siempre y cuando mantenga un rendimiento regular”.

Es un derecho irrenunciable, intransmisible e inembargable.
El orden se establece: cónyuges, descendientes, ascendientes y finalmente a los hermanos

¿Cuál es la cuantía de la pensión de alimentos?

La pensión alimenticia se determina en proporción a las necesidades de cada miembro de la familia y la capacidad económica de la persona obligada al pago.
El juez evaluará el cuidado que necesitan los hijos y las ganancias económicas de los padres para definir la cuantía.

¿Se puede modificar la pensión alimenticia?

Sí, en el momento en que cambien las circunstancias económicas del obligado al pago y los hijos, esto es, cuando aumente o disminuya las necesidades de los hijos o aumente o disminuya el patrimonio del obligado a satisfacerlos.
Cabe destacar que la pensión alimenticia no se deja de percibir cuando los hijos son mayores de edad si conviven en el domicilio familiar y no disponen de un ingreso propio.

¿Qué pasa cuando hay un impago con la pensión?

Si el obligado no cumple con su obligación con la cantidad pactada se podrá ejecutar la obligación y proceder al embargo de sus bienes.

Abogado de Familia en Cerdanyola del Vallés
Francisca Castro Bahamonde Abogada – Divorcios, Desahucios, Herencias, Extranjería en Cerdanyola del Vallés.

📞600 22 95 40

📧 fcastro@icasbd.org

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