En Cataluña, el marco legal que regula el apoyo a las personas con discapacidad ha experimentado una transformación importante con la reforma de 2021. Estas modificaciones, alineadas con la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, destacan la importancia de proteger la autonomía, dignidad y derechos fundamentales de estas personas.
El Código Civil de Cataluña (CCC) introduce instrumentos como la asistencia judicial y los poderes notariales preventivos, diseñados para ajustarse a las necesidades cambiantes de las personas con discapacidad, asegurando su capacidad jurídica y participación activa en la sociedad.
Instrumentos de Apoyo en Cataluña: La Asistencia Judicial
Tras la reforma de 2021, la figura de la asistencia se configura como un mecanismo flexible, destinado a proporcionar apoyo a personas con discapacidad en diferentes aspectos de su vida. Según el artículo 226-1.3 del CCC, la asistencia puede ser solicitada por las personas legitimadas por la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en ausencia de un poder notarial preventivo suficiente.
La asistencia no solo abarca aspectos patrimoniales, como suelen contemplar los poderes notariales, sino que también incluye áreas relacionadas con la autonomía personal, la salud y las relaciones con las administraciones públicas. Este enfoque integral permite atender una diversidad de necesidades que podrían no estar cubiertas por otros instrumentos legales.
Facultades y Funciones de la Asistencia
El Auto de la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 27 de noviembre de 2023 (Rec. 699/2023) proporciona un ejemplo práctico sobre la aplicación de la asistencia.
En este caso, la resolución reconoció que un poder preventivo era insuficiente para las necesidades de una persona con grave deterioro cognitivo, por lo que se nombró a una asistente con las siguientes funciones concretas:
Funciones en Autonomía personal: Supervisión y apoyo en actividades básicas, y representación en actividades instrumentales y avanzadas de la vida diaria.
En cuanto a la Salud: Representación en tratamientos médicos, seguimiento farmacológico y prestación del consentimiento informado.
El Área patrimonial: Administración económica, gestión de contratos, operaciones bancarias y actos jurídicos en general.
En las Relaciones con Administraciones: Representación en trámites y gestiones con entidades públicas.
La resolución establece que los actos realizados por la persona asistida sin la intervención del asistente podrían ser declarados ineficaces, y que ciertos actos requerirían autorización judicial según el CCC.
Asimismo, el ejercicio de estas funciones debe respetar la dignidad, derechos, voluntad y preferencias de la persona asistida, y la medida deberá revisarse cada tres años.
Otros Mecanismos de Protección en Cataluña
Además de la asistencia, Cataluña dispone de otros instrumentos legales para garantizar el apoyo a personas con discapacidad, como la guarda de hecho, el defensor judicial y el patrimonio protegido. Estos mecanismos, junto con las medidas específicas para internamientos involuntarios y la adaptación de procedimientos judiciales, refuerzan un marco integral de protección.
Conclusión
La legislación catalana ha evolucionado para ofrecer soluciones más inclusivas y adaptadas a las necesidades de las personas con discapacidad.
Instrumentos como la asistencia judicial y los poderes notariales preventivos son esenciales para garantizar la autonomía y dignidad de estas personas, siempre respetando sus derechos y preferencias.
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